Décimo tercer mes en Panamá: cuándo se paga y cómo se calcula
El décimo tercer mes en Panamá es un pago obligatorio que equivale a un mes de salario al año. Se divide en tres partidas y la próxima vence el martes 15 de diciembre de 2026. Para la gerencia no es solo un desembolso: tiene base de cálculo propia, cuotas de la CSS distintas y una columna propia en la Planilla 03.
Esta guía resume las fechas, el cálculo con un ejemplo, los descuentos y lo que pasa cuando un trabajador entra o sale a mitad de período.
Fechas de pago del décimo tercer mes en Panamá
El décimo fue creado por el Decreto de Gabinete 221 de 1971 y reglamentado por el Decreto 19 de 1973. Se paga en tres partidas. Cada una cubre un cuatrimestre que cierra el día del pago:
| Partida | Período que cubre | Fecha de pago |
|---|---|---|
| Primera | 16 de diciembre al 15 de abril | 15 de abril |
| Segunda | 16 de abril al 15 de agosto | 15 de agosto |
| Tercera | 16 de agosto al 15 de diciembre | 15 de diciembre |
Calendario de pago 2027
| Partida | Fecha | Día |
|---|---|---|
| Tercera de 2026 | 15 de diciembre de 2026 | Martes |
| Primera de 2027 | 15 de abril de 2027 | Jueves |
| Segunda de 2027 | 15 de agosto de 2027 | Domingo |
| Tercera de 2027 | 15 de diciembre de 2027 | Miércoles |
El 15 de agosto de 2027 no es día hábil. Le recomendamos programar ese pago a más tardar el viernes 13 de agosto, con el archivo bancario listo desde antes. Todas estas fechas, junto con la CSS y la DGI, están en nuestro calendario fiscal de Panamá.
Cómo se calcula el décimo tercer mes
La regla es simple: se suma todo lo devengado en el cuatrimestre y se divide entre 12. El error más común es calcularlo solo sobre el salario base o sobre el último salario.
Según el instructivo de la Planilla 03 de la DGI, la base de cada partida incluye salario base, horas extra, comisiones, permisos remunerados y riesgos profesionales. Las primas de producción no se suman (vea más abajo). Con un salario fijo sin variables, cada partida es un tercio del salario mensual.
Ejemplo: partida del 15 de diciembre de 2026
Una trabajadora gana B/.1.200 al mes. Entre el 16 de agosto y el 15 de diciembre de 2026 cobró B/.300 en comisiones y B/.180 en horas extra.
| Concepto | Monto |
|---|---|
| Salario de 4 meses (4 × B/.1.200) | B/.4.800,00 |
| Comisiones | B/.300,00 |
| Horas extra | B/.180,00 |
| Total devengado | B/.5.280,00 |
| Décimo bruto (5.280 ÷ 12) | B/.440,00 |
| Cuota del trabajador a la CSS (7,25 %) | B/.31,90 |
| Neto antes de ISR | B/.408,10 |
| Cuota del empleador a la CSS (10,75 %) | B/.47,30 |
El costo para la empresa es B/.487,30: el décimo bruto más la cuota patronal. Si se calculara solo sobre el salario base, la partida sería B/.400. Esa diferencia de B/.40 por trabajador es la que suele aparecer después como reclamo.
Qué ingresos entran y cuáles no
Entran en la base: salario ordinario, horas extra con sus recargos, comisiones, permisos remunerados y los demás pagos que la ley considera salario.
No entran: las primas de producción, las bonificaciones y las gratificaciones, como los aguinaldos de fin de año. El artículo 142 del Código de Trabajo, reformado por la Ley 44 de 1995, solo las considera salario para calcular las vacaciones, la licencia de maternidad y la prima de antigüedad, y esa lista no incluye el décimo tercer mes. Tampoco entran la indemnización por despido ni la prima de antigüedad.
Además, el décimo es inembargable y goza de las protecciones del salario.
Retenciones: CSS, seguro educativo e ISR
El décimo tiene sus propias tasas de seguro social, más bajas que las del salario ordinario:
| Concepto | Salario ordinario | Décimo tercer mes |
|---|---|---|
| Seguro social, trabajador | 9,75 % | 7,25 % |
| Seguro social, empleador | 13,25 % | 10,75 % |
| Seguro educativo | 1,25 % y 1,50 % | No se aplica |
Aplicar la tasa ordinaria al décimo es un error frecuente. Le descuenta de más al trabajador y le cuesta de más a la empresa.
La cuota patronal ordinaria sube a 14,25 % el 1 de marzo de 2027, por la Ley 462 de 2025. Revise su sistema de planilla antes de esa fecha para que el cambio no se aplique por error al décimo.
Impuesto sobre la renta. El décimo forma parte del ingreso gravable anual del trabajador. Los primeros B/.11.000 anuales están exentos. De ahí a B/.50.000 se aplica el 15 % sobre el excedente, y por encima, B/.5.850 más el 25 %. En la práctica, la retención se calcula sobre el ingreso anual que incluye el décimo, no sobre doce salarios.
Trabajadores con menos de un año
El derecho al décimo no depende de la antigüedad ni del tipo de contrato. Quien entra a mitad de un cuatrimestre recibe la parte proporcional.
Ejemplo: alguien que entró el 1 de octubre de 2026 con salario de B/.1.200 devengó B/.3.000 hasta el 15 de diciembre (dos meses y medio). Su partida es B/.250 (3.000 ÷ 12). La licencia por maternidad no corta el derecho: ese tiempo cuenta para el décimo. Revise con su asesor cómo se reparte el pago cuando la CSS paga un subsidio.
Qué pasa al terminar la relación laboral
Cuando un trabajador sale, por renuncia, despido o fin de contrato, la liquidación debe incluir el décimo proporcional. Se calcula con lo devengado desde el inicio de la partida en curso hasta el último día trabajado, dividido entre 12. No se espera a la fecha de pago.
Es uno de los conceptos que más se olvidan en una salida. Si su empresa tiene rotación, conviene revisar cada liquidación antes de pagarla. Es parte de nuestro servicio de administración de planillas.
Multas y riesgos por no pagar a tiempo
El trabajador que no recibe su décimo en fecha puede reclamar ante el MITRADEL. Una asesora del despacho superior del MITRADEL explicó que la empresa puede pagar después solo si lo acordó con sus trabajadores. Sin ese acuerdo, el pago tardío debe llevar un recargo del 10 % sobre lo que el trabajador debió recibir.
Un cálculo mal hecho también tiene costo: diferencias retroactivas, cuotas de la CSS corregidas y una Planilla 03 que deja de cuadrar.
Cómo se reporta el décimo
- CSS: las cuotas del décimo se declaran en el SIPE, como el resto de la planilla. La planilla de diciembre se declara hasta el 25 de enero de 2027 y las cuotas se pagan a más tardar el viernes 29 de enero.
- DGI: la Planilla 03 tiene una columna propia para el décimo tercer mes. Se presenta dentro de los 60 días calendario siguientes al mes que reporta. La de diciembre de 2026 vence el 1 de marzo de 2027.
- Contabilidad: lo ideal es provisionar cada mes la doceava parte de lo devengado. Así la partida de diciembre no golpea la caja de un solo mes.
Lista de control antes del 15 de diciembre
- Confirme que la base incluye comisiones, horas extra y demás variables del cuatrimestre.
- Revise que el sistema aplique 7,25 % y 10,75 %, no las tasas ordinarias.
- Calcule los proporcionales de ingresos y salidas del período.
- Verifique la retención de ISR de quienes superan B/.11.000 anuales.
- Deje listo el archivo bancario con días hábiles de margen.
Cómo le ayuda ARVA
ARVA Contadores Públicos Autorizados atiende empresas medianas, filiales de multinacionales y empresas extranjeras con personal en Panamá desde 2005. Calculamos cada partida del décimo, cuadramos la CSS con la Planilla 03 y dejamos la provisión al día. Si su planilla depende hoy de una hoja de cálculo, un outsourcing de planilla le quita ese riesgo. Conozca nuestro servicio de administración de planillas en Panamá o escríbanos por WhatsApp antes del 15 de diciembre.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo se paga el décimo tercer mes en 2027?
Las tres partidas vencen el 15 de abril, el 15 de agosto y el 15 de diciembre de 2027. El 15 de abril cae jueves y el 15 de diciembre, miércoles. El 15 de agosto de 2027 cae domingo, por lo que conviene programar el pago a más tardar el viernes 13 de agosto. La partida de diciembre de 2026 vence el martes 15 de diciembre.
¿Cómo se calcula el décimo tercer mes?
Se suma todo lo que el trabajador devengó en el cuatrimestre de la partida: salario, horas extra, comisiones y demás pagos que la ley considera salario. Ese total se divide entre 12. Con un salario fijo sin variables, cada partida equivale a un tercio del salario mensual y las tres suman un mes completo al año.
¿Qué descuentos lleva el décimo tercer mes?
El décimo tiene una cuota de seguro social reducida: 7,25 % a cargo del trabajador y 10,75 % a cargo del empleador. No lleva las tasas del salario ordinario (9,75 % y 13,25 %). Además, forma parte del ingreso gravable anual del trabajador, por lo que puede llevar retención de impuesto sobre la renta si su ingreso anual supera B/.11.000.
¿Un trabajador con menos de un año tiene derecho al décimo?
Sí. El derecho no depende de la antigüedad ni del tipo de contrato. Quien entró a mitad de un cuatrimestre recibe la parte proporcional: lo devengado desde su fecha de ingreso hasta el cierre de la partida, dividido entre 12.
¿Qué pasa si la empresa paga el décimo tarde?
El trabajador puede reclamar ante el MITRADEL. Una asesora del despacho superior del MITRADEL explicó que el pago fuera de fecha, sin acuerdo previo con los trabajadores, debe llevar un recargo del 10 % sobre lo que el trabajador debió recibir. Lo más seguro es pagar en fecha y, si hay un problema de caja, documentar cualquier acuerdo antes del vencimiento.
¿Quiere revisar el caso de su empresa?
Escríbanos y un contador público autorizado le orienta.
Escribir por WhatsApp Ir a contactoFuentes
- Decreto de Gabinete 221 de 18 de noviembre de 1971, que establece el décimo tercer mes (Gaceta Oficial 16989)
- Decreto 19 de 7 de septiembre de 1973, que regula el alcance del Decreto de Gabinete 221 (Gaceta Oficial 17436)
- DGI: Instructivo del Formulario 03 (columna 16, décimo tercer mes: base de cálculo; plazo de 60 días calendario)
- Panamá América: décimo pagado fuera de fecha, recargo del 10 % según asesora del MITRADEL (15 ago 2023)
- Panamá América: períodos de cada partida, cálculo y artículo 142 del Código de Trabajo
- La Prensa: el salario según el Código de Trabajo (artículo 142 y Ley 1 de 1986: primas de producción y bonificaciones no son salario)
- RC Group: primas de producción, bonificaciones y gratificaciones no forman parte del décimo (artículo 142, Ley 44 de 1995) (26 ago 2026)
- La Estrella de Panamá: décimo tercer mes, inembargabilidad y aguinaldos (Decreto de Gabinete 221)
- Alegra: cuotas de la CSS sobre el décimo (7,25 % y 10,75 %, Ley 51 de 2005 reformada por la Ley 462), artículo 3 del Decreto de Gabinete 221 y terminación (13 oct 2026)
- Softland Panamá: décimo tercer mes 2026, cuotas reducidas, seguro educativo y liquidaciones (19 ago 2026)
- Infobae: morosidad con la CSS; contribuciones especiales de 7,25 % (trabajador) y 10,75 % (patrono) sobre el décimo; cuota patronal 13,25 % hasta febrero de 2027 (14 jul 2026)
- Panamá América: descuentos del décimo (7,25 % de seguro social, sin seguro educativo, ISR sobre B/.11.000) (6 abr 2023)
- PwC Tax Summaries: Panamá, tarifas de ISR de personas naturales (revisado 4 ago 2026)
- PwC Tax Summaries: Panamá, seguro social ordinario según Ley 462 de 2025 (revisado 4 ago 2026)