Impuestos en Panamá para extranjeros: guía para su empresa

Esta guía resume los impuestos en Panamá para extranjeros que operan con sucursal o filial aquí. Le dice qué paga su empresa, cuándo, y qué hacemos en cada obligación para que su casa matriz no tenga sorpresas.

  • Desde 2005
  • Contadores públicos autorizados
  • Miembro de Kudos International

Para quién es

Empresa extranjera que abre operación en Panamá

Evalúa sucursal o sociedad y quiere saber qué obligaciones vienen con cada una.

Filial o sucursal que ya opera

Necesita un contador en Panamá que responda a la gerencia local y a la casa matriz.

CFO o contralor regional

Consolida varios países y necesita entender Panamá sin ser experto en la DGI.

Problemas que resolvemos

Cree que en Panamá no se pagan impuestos

La territorialidad exime la renta extranjera, no la renta generada aquí. Una filial que vende en Panamá paga 25 %.

Remite utilidades sin calcular dividendos

La distribución paga impuesto de dividendos, y no distribuir puede generar impuesto complementario.

Paga servicios a la casa matriz sin retener

Los pagos a no residentes tienen una retención efectiva de 12,5 %. Si no se retiene, el gasto no es deducible.

Olvida obligaciones fuera de la DGI

Municipio, CSS y MITRADEL tienen sus propias fechas y multas.

Qué incluye

Para empresas extranjeras con operaciones en Panamá atendemos:

  • Mapa de obligaciones fiscales de su sucursal o filial
  • Contabilidad y estados financieros en Panamá
  • Declaración jurada de renta, estimada, CAIR y dividendos
  • Retenciones sobre pagos al exterior
  • Aviso de operación, ITBMS y declaración municipal
  • Precios de transferencia (Formulario 930 y estudio técnico)
  • Planilla, CSS y Planilla 03
  • Reportes en español o inglés para la casa matriz

Impuestos en Panamá para extranjeros: el principio territorial

Panamá grava la renta de fuente panameña, sin importar si quien la recibe es residente o no. La renta producida fuera de Panamá no paga impuesto sobre la renta.

Eso no significa que una empresa extranjera no pague impuestos aquí. Si su filial vende, presta servicios o tiene empleados en Panamá, esa renta es de fuente panameña. La renta extranjera, además, puede pagar impuesto de dividendos al distribuirse.

Qué hacemos: clasificamos cada ingreso por su fuente y documentamos el criterio, para sostenerlo si la DGI pregunta.

Sucursal o sociedad: cómo tributa cada una

Una empresa extranjera suele operar en Panamá de dos formas: con una sucursal registrada o con una sociedad panameña (filial). Ambas pagan impuesto sobre la renta en Panamá.

La sucursal se trata como separada de su casa matriz: lleva contabilidad propia y tiene su propia obligación tributaria. Además, paga impuesto de dividendos mediante una retención definitiva de 10 % sobre su renta neta gravable, menos el impuesto sobre la renta pagado. Se paga junto con la declaración de renta.

La filial, en cambio, paga impuesto de dividendos cuando distribuye utilidades a sus accionistas.

Qué hacemos: le explicamos el efecto fiscal de cada forma. La constitución de la sociedad o el registro de la sucursal los hace un abogado aliado, y coordinamos con él.

Impuesto sobre la renta y CAIR

Las personas jurídicas pagan 25 % sobre la renta neta gravable. Si la renta gravable supera US$1,5 millones, se paga sobre el mayor entre la renta neta y el 4,67 % de los ingresos gravables (CAIR).

La empresa puede pedir a la DGI no aplicar el CAIR si le genera pérdida o una tasa efectiva mayor a 25 %. La DGI tiene seis meses para responder; si no responde, la solicitud se entiende aprobada.

La declaración vence tres meses después del cierre fiscal, con prórroga posible de un mes. La estimada se paga al final del sexto, noveno y duodécimo mes después del cierre.

Qué hacemos: preparamos o revisamos la declaración en e-Tax 2.0, calculamos el CAIR y gestionamos la solicitud cuando corresponde. Vea declaración de renta de empresas.

Dividendos e impuesto complementario

La tasa general de dividendos es 10 %. Baja a 5 % sobre dividendos de renta extranjera, de exportación o de ciertas rentas exentas, y sube a 20 % con acciones al portador. Los préstamos a accionistas se tratan como dividendos.

Si la empresa distribuye menos del 40 % de su utilidad neta del año, paga impuesto complementario sobre la diferencia. Es un anticipo que se acredita cuando el dividendo se declara.

Qué hacemos: planificamos la política de dividendos con su casa matriz antes del cierre.

Aviso de operación, ITBMS e impuesto municipal

Qué hacemos: incluimos estas obligaciones en el calendario de su empresa y preparamos las declaraciones. Los trámites municipales de licencias y paz y salvo los hace nuestra empresa hermana, Tramita Todo.

  • Aviso de operación: 2 % anual sobre el patrimonio (activos menos pasivos, sin contar pasivos con partes relacionadas del exterior). Mínimo US$100, máximo US$60.000. En zonas francas: 1 % y máximo US$50.000.
  • ITBMS: tasa general de 7 %; 10 % en bebidas alcohólicas y hospedaje; 15 % en tabaco.
  • Impuesto municipal: se calcula sobre los ingresos brutos según la actividad, en general con tope de US$2.000 mensuales por actividad.
  • Declaración municipal anual: en los distritos de Panamá y San Miguelito vence 90 días calendario después del cierre fiscal. Presentarla tarde cuesta US$500 de multa.

Pagos al exterior y precios de transferencia

Los pagos a no residentes por servicios, regalías y comisiones pagan 25 % sobre el 50 % del monto remitido: una retención efectiva de 12,5 %. Si no se retiene, el gasto no es deducible. Los intereses sobre préstamos del exterior invertidos en Panamá también tienen retención de 12,5 %.

Si el beneficiario está inscrito como contribuyente en Panamá, no se retiene. Un convenio para evitar la doble imposición puede reducir la tasa.

Las operaciones con partes relacionadas del exterior están sujetas a precios de transferencia. El informe (Formulario 930) vence seis meses después del cierre fiscal. No presentarlo cuesta 1 % del total de esas operaciones, hasta US$1 millón.

Qué hacemos: revisamos cada pago a la casa matriz antes de remitirlo y preparamos el estudio de precios de transferencia.

Obligaciones contables

La sucursal o filial lleva su contabilidad en Panamá, separada de la casa matriz. De esos registros salen la declaración de renta, el aviso de operación y el Formulario 930.

En general, la facultad de la DGI para determinar y cobrar impuestos prescribe a los cinco años. Para liquidaciones adicionales, a los tres. Conserve soportes y conciliaciones al menos cinco años.

Qué hacemos: outsourcing contable con reportes en el formato que pida su casa matriz.

Planilla y seguridad social

Si su empresa contrata en Panamá, se inscribe como empleador en la CSS y presenta la planilla cada mes en el SIPE. El empleador paga 13,25 % de seguro social, que sube a 14,25 % el 1 de marzo de 2027. Suma 1,50 % de seguro educativo y de 0,33 % a 6,25 % de riesgos profesionales.

El trabajador aporta 9,75 % y 1,25 %. Se suman el décimo tercer mes y 30 días de vacaciones por cada 11 meses. La retención de ISR se reporta mensualmente en la Planilla 03.

Qué hacemos: llevamos la planilla para empresas extranjeras con un solo contacto.

Cómo trabajamos

  1. Diagnóstico

    Revisamos su estructura, sus ingresos en Panamá y sus operaciones con la casa matriz.

  2. Mapa de obligaciones

    Le entregamos qué paga su empresa, en qué fecha y ante qué entidad.

  3. Ejecución

    Llevamos la contabilidad, las declaraciones y la planilla, o revisamos las de su equipo.

  4. Reporte

    Su casa matriz recibe cada mes el estado de cumplimiento y los pagos hechos.

¿Quiere el mapa de obligaciones de su empresa en Panamá?

Escribir por WhatsApp

Preguntas frecuentes

¿Qué impuestos paga una empresa extranjera en Panamá?

Si opera aquí con sucursal o filial, paga impuesto sobre la renta de 25 % sobre su renta de fuente panameña. Además paga impuesto de dividendos, aviso de operación, impuesto municipal y, si vende bienes o servicios gravados, ITBMS. Si tiene empleados, aporta a la CSS. Y si paga servicios a la casa matriz, retiene 12,5 % efectivo.

¿Necesito contador en Panamá?

En la práctica, sí. La contabilidad de la sucursal o filial se lleva en Panamá, y las declaraciones se presentan en e-Tax 2.0 con reglas locales. Un contador en Panamá conoce los plazos de la DGI, la CSS y el municipio, y responde cuando llega un requerimiento.

¿La renta generada fuera de Panamá paga impuestos?

No paga impuesto sobre la renta, por el principio territorial. Pero puede pagar impuesto de dividendos al distribuirse, a 5 %. Además, la clasificación de un ingreso como extranjero debe poder sostenerse ante la DGI. Revisamos cada ingreso con usted y documentamos el criterio.

¿Cuándo vence la declaración de renta de una empresa?

Tres meses después del cierre fiscal, con una prórroga posible de un mes. Para empresas con año calendario, eso es el 31 de marzo. La estimada se paga al final del sexto, noveno y duodécimo mes después del cierre. Vea las fechas exactas en el calendario fiscal.

Fuentes

Solicite una propuesta

Cuéntenos sobre su empresa y un contador público autorizado le contactará en horario laboral.

Escribir por WhatsApp

Situación en Panamá

obligatorio. Usamos sus datos solo para responder esta solicitud. Política de privacidad.

Este sitio está protegido por reCAPTCHA y aplican la Política de privacidad y las Condiciones del servicio de Google.

WhatsApp ARVA Contadores