Contratar empleados en Panamá: planilla para empresas extranjeras
¿Quiere contratar empleados en Panamá sin montar un departamento local? Llevamos su planilla ante la CSS y la DGI desde aquí, con un solo contacto y reportes que su casa matriz entiende.
- Desde 2005
- Contadores públicos autorizados
- Miembro de Kudos International
Para quién es
Empresa de Centroamérica, Colombia o Ecuador que se expande
Abre operación en Panamá con pocos empleados y su contabilidad sigue en el país de origen.
Sucursal o filial ya constituida
La entidad existe, pero la planilla la lleva alguien a distancia o un proveedor que no responde a tiempo.
Grupo con personal clave en Panamá
Un gerente regional o un equipo comercial trabaja desde aquí y la casa matriz necesita control del costo.
Problemas que resolvemos
No sabe si puede contratar sin entidad local
La inscripción como empleador en la CSS pide el documento de constitución de la empresa. Le explicamos las opciones antes de que contrate.
Costos que no estaban en el presupuesto
Sobre el salario se suman seguro social, seguro educativo, riesgos profesionales y décimo tercer mes. Se los calculamos antes de la oferta.
Reglas laborales distintas a las de su país
El décimo tercer mes se paga en tres partidas y las vacaciones son 30 días por cada 11 meses. Conviene saberlo antes de firmar.
Fondos que llegan desde afuera sin conciliar
La casa matriz transfiere y nadie cruza el monto con la planilla, la CSS y la DGI. Al cierre, los números no cuadran.
Un proveedor distinto para cada trámite
Uno para la DGI, otro para la CSS, otro para contratos. Usted termina coordinando a todos desde otro país.
Qué incluye
Todo lo que exige una planilla en Panamá, coordinado por un solo equipo:
- Costeo del empleado antes de la oferta: salario, cargas sociales y prestaciones
- Inscripción de la empresa como empleador en la CSS y avisos de entrada de cada trabajador
- Cálculo de la planilla y presentación mensual en el SIPE
- Retención del impuesto sobre la renta y Planilla 03 ante la DGI
- Décimo tercer mes, vacaciones y liquidaciones según el Código de Trabajo
- Monto exacto a transferir cada período para fondear la planilla desde el exterior
- Reporte mensual de costo laboral en español o inglés para la casa matriz
- Contabilidad y declaraciones de la entidad en Panamá, si las necesita
- Coordinación con su abogado para contratos, sociedad o sucursal y permisos de trabajo
¿Puede una empresa extranjera contratar empleados en Panamá?
Sí, y hay dos caminos con entidad propia: registrar una sucursal de su empresa o constituir una sociedad panameña. La sucursal lleva contabilidad separada y tributa por su cuenta en Panamá.
Con cualquiera de las dos, la entidad se inscribe como empleador en la CSS. La inscripción pide el formulario de empleador, el documento de constitución y la identificación del representante legal.
Existe una tercera vía: un Employer of Record, un proveedor que ya es empleador en Panamá y contrata a su personal por usted. ARVA no presta ese servicio. Si su caso lo justifica, se lo decimos con franqueza.
La sociedad o la sucursal las constituye un abogado. Le referimos a uno de confianza y coordinamos con él.
Planilla en Panamá: qué cuesta un empleado además del salario
Estas son las cargas vigentes en octubre de 2026:
- Seguro social: 13,25 % el empleador y 9,75 % el trabajador. La cuota patronal sube a 14,25 % el 1 de marzo de 2027 (Ley 462 de 2025).
- Seguro educativo: 1,50 % el empleador y 1,25 % el trabajador.
- Riesgos profesionales: de 0,33 % a 6,25 %, a cargo del empleador según la actividad.
- Décimo tercer mes: lo devengado en cada cuatrimestre dividido entre 12. Se paga el 15 de abril, el 15 de agosto y el 15 de diciembre.
- Vacaciones: 30 días por cada 11 meses continuos de trabajo.
Cómo se paga la planilla desde el exterior
Antes de cada fecha de pago le enviamos el monto exacto: salarios netos, cuotas de la CSS y retención de ISR. La casa matriz transfiere a la cuenta de la entidad en Panamá.
¿La entidad en Panamá paga servicios o regalías a la casa matriz? Entonces aplica una retención efectiva de 12,5 %. Un convenio para evitar la doble imposición puede cambiarla.
Si trae personal de su país
Un trabajador extranjero necesita permiso de trabajo del MITRADEL. El Código de Trabajo fija porcentajes de personal extranjero: 10 % del personal ordinario y 15 % del especializado o técnico. El permiso lo tramita su abogado; nosotros lo reflejamos en la planilla.
Cómo trabajamos
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Diagnóstico
Revisamos su estructura en Panamá (sucursal, sociedad o ninguna aún) y a cuántas personas quiere contratar.
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Costeo y ruta
Le entregamos el costo total por empleado y los pasos para operar como empleador.
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Puesta en marcha
Inscribimos a la empresa y a los trabajadores en la CSS y dejamos listo el primer período.
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Operación mensual
Usted aprueba la planilla y fondea; nosotros calculamos, presentamos y le reportamos.
¿Quiere saber cuánto le cuesta un empleado en Panamá?
Pedir el costeo por WhatsAppPreguntas frecuentes
¿Puedo tener empleados en Panamá sin empresa local?
Para inscribirse directamente como empleador en la CSS, la CSS pide el documento de constitución de la empresa. Por eso lo usual es registrar una sucursal o constituir una sociedad panameña. La alternativa es un Employer of Record, que contrata a su personal por usted. Le ayudamos a comparar costos y riesgos antes de decidir.
¿Cómo se paga la CSS?
La empresa presenta cada mes la planilla en el SIPE, el sistema de la CSS donde se afilian trabajadores y se reportan salarios. El sistema genera la factura con las cuotas del empleador y del trabajador, y la empresa la paga. Nosotros preparamos y presentamos la planilla; usted aprueba y fondea el pago.
¿Qué costos tiene un empleado además del salario?
El empleador paga 13,25 % de seguro social, 1,50 % de seguro educativo y entre 0,33 % y 6,25 % de riesgos profesionales. A eso se suma el décimo tercer mes, equivalente a un mes de salario al año, y 30 días de vacaciones por cada 11 meses. Al terminar la relación pueden aplicar prima de antigüedad e indemnización.
¿Pueden trabajar con nosotros a distancia y en inglés?
Sí. Trabajamos con clientes extranjeros por videollamada, correo y WhatsApp. Los reportes se adaptan al formato que pida su casa matriz. Usted tiene un solo contacto para planilla, CSS y DGI.
¿Ustedes constituyen la sociedad o registran la sucursal?
No. La constitución de sociedades y el registro de sucursales los hace un abogado, y le referimos a uno de confianza. Nosotros entramos cuando la entidad existe: inscripción como empleador en la CSS, planilla, impuestos y contabilidad. Coordinamos con su abogado para que los plazos encajen.