Estudio de precios de transferencia en Panamá
Preparamos el estudio de precios de transferencia de su empresa en Panamá y el informe que exige la DGI. Llegan a tiempo y con el respaldo para sostenerlos si se los piden.
- Desde 2005
- Contadores públicos autorizados
- Miembro de Kudos International
Para quién es
Filial de un grupo multinacional
Compra, vende, presta servicios o recibe financiamiento de empresas del grupo en otros países.
Empresa con relacionadas en zonas económicas especiales
Opera con partes relacionadas ubicadas en zonas o áreas económicas especiales de Panamá.
Grupo regional con sede en Panamá
Coordina operaciones entre países y necesita una política de precios coherente para todo el grupo.
Problemas que resolvemos
No sabe si está obligado
La obligación depende de con quién opera su empresa, no de su tamaño.
El Formulario 930 vence y no admite prórroga
La DGI no acepta prórrogas ni rectificaciones del informe, solo su anulación previa aprobación.
La multa por no presentar es alta
Equivale al 1 % del total de las operaciones con partes relacionadas, con tope de B/.1.000.000.
La DGI pide el estudio y no está listo
Una vez notificada, su empresa tiene un máximo de 45 días para entregar la documentación.
Los precios del grupo no tienen sustento
Sin análisis de comparables, la DGI puede ajustar los precios y su renta gravable.
Qué incluye
Nos encargamos de todas las fases del estudio técnico de precios de transferencia:
- Diagnóstico de obligación: partes relacionadas y operaciones alcanzadas
- Relevamiento de información con su equipo y con la casa matriz
- Análisis funcional: funciones, activos y riesgos de cada parte
- Selección del método y búsqueda de comparables
- Estudio técnico de precios de transferencia (documentación local)
- Preparación y presentación del informe Formulario 930 en e-Tax 2.0
- Soporte posterior cuando la DGI solicita el estudio o abre una fiscalización
- Planeamiento de nuevas operaciones con partes relacionadas
Quién está obligado al estudio de precios de transferencia en Panamá
El régimen alcanza a los contribuyentes que, durante el período fiscal, realizan operaciones con partes relacionadas residentes fiscales de otras jurisdicciones. También incluye operaciones con partes relacionadas ubicadas en zonas o áreas económicas especiales de Panamá.
Esas operaciones deben pactarse como si fueran entre partes independientes. El estudio técnico demuestra que su empresa cumplió ese principio.
Informe de precios de transferencia: Formulario 930 y plazos
El informe se presenta en el sistema e-Tax 2.0 dentro de los seis meses siguientes al cierre del período fiscal. Para un año calendario, eso significa el 30 de junio. Los montos se declaran en dólares.
La DGI no admite prórrogas ni declaraciones rectificativas del Formulario 930. Para corregirlo hay que pedir su anulación por carta notariada del representante legal, y volver a presentarlo antes del vencimiento.
No presentarlo se sanciona con una multa del 1 % del monto total de las operaciones con partes relacionadas, con un máximo de B/.1.000.000.
El estudio técnico y lo que pasa cuando la DGI lo solicita
El informe se alimenta del estudio. Por eso conviene tenerlo terminado antes de presentar el Formulario 930. Su contenido mínimo lo fija el Decreto Ejecutivo 390 de 2016.
La DGI puede solicitar la documentación de precios de transferencia. Desde la notificación, su empresa tiene un máximo de 45 días para entregarla. No hacerlo tiene multas de B/.1.000 a B/.5.000 la primera vez, y de B/.5.000 a B/.10.000 si se repite, además del posible cierre del establecimiento.
- Grupos multinacionales con ingresos consolidados superiores a 750 millones de euros, cuya matriz última es residente en Panamá, presentan además el informe país por país
- Como miembros de Kudos International, coordinamos con firmas de otros países cuando el análisis lo requiere
Cómo trabajamos
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Diagnóstico
Identificamos las partes relacionadas, las operaciones y los plazos de su empresa.
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Análisis
Relevamos la información, hacemos el análisis funcional y buscamos comparables.
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Estudio e informe
Entregamos el estudio técnico y presentamos el Formulario 930 dentro del plazo.
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Respaldo
Si la DGI pide el estudio o fiscaliza, le acompañamos con el mismo equipo.
¿Su empresa opera con partes relacionadas y no sabe si está al día?
Escribir por WhatsAppLo que suele preocupar
- Nuestra casa matriz ya hace un estudio global.
- Lo usamos como base. La DGI pide documentación sobre las operaciones de la entidad panameña, y adaptamos el análisis a ese alcance.
- Las operaciones con el grupo son pocas.
- La obligación de presentar el informe no depende del monto. Revisamos su caso y le decimos qué le aplica.
- Ya pasó el plazo.
- Evaluamos su situación y le proponemos cómo regularizarla con el menor costo posible.
Preguntas frecuentes
¿Quién está obligado a presentar precios de transferencia en Panamá?
Todo contribuyente que, en el período fiscal, haya operado con partes relacionadas residentes en otras jurisdicciones. También quien opere con relacionadas ubicadas en zonas o áreas económicas especiales de Panamá. Estas empresas presentan el informe de precios de transferencia (Formulario 930) y deben contar con el estudio técnico que lo sustenta. Revisamos su estructura para confirmar si le aplica.
¿Cuándo vence el Formulario 930?
Dentro de los seis meses siguientes al cierre del período fiscal. Para una empresa con año calendario, el plazo llega al 30 de junio. Se presenta en e-Tax 2.0 y no admite prórroga ni declaración rectificativa. Si hay un error, se pide la anulación a la DGI y se vuelve a presentar antes del vencimiento.
¿Hay que entregar el estudio a la DGI?
No con el informe. El estudio se entrega cuando la DGI lo solicita, y desde la notificación su empresa tiene un máximo de 45 días para hacerlo. En la práctica, conviene tenerlo listo antes de presentar el Formulario 930, porque los datos del informe salen del estudio.
¿Qué pasa si no presento el informe o el estudio?
No presentar el Formulario 930 se sanciona con el 1 % del total de las operaciones con partes relacionadas, hasta B/.1.000.000. No entregar el estudio cuando la DGI lo pide tiene multas de B/.1.000 a B/.5.000, que suben a B/.5.000 a B/.10.000 si se repite. También puede ordenarse el cierre del establecimiento.