Impuestos que paga una empresa en Panamá en 2026

Juan Carlos Acosta, CPA

Los impuestos que pagan las empresas en Panamá no se reducen al impuesto sobre la renta. Una empresa con operaciones y empleados en el país convive con al menos ocho obligaciones distintas. Cada una tiene su base, su tasa y su fecha.

Esta guía reúne las principales, con las tasas vigentes y la fuente de cada dato. Al final encontrará qué revisar para no pagar de más.

¿Qué impuestos pagan las empresas en Panamá? Tabla resumen

ImpuestoTasa o baseQuién lo cobra
Impuesto sobre la renta (ISR)25 % de la renta neta gravableDGI
CAIR (cálculo alterno)Base mayor entre renta neta y 4,67 % del ingreso gravable, si la renta gravable supera US$1,5 millonesDGI
Impuesto de dividendos10 % general; 5 % sobre renta extranjera, de exportación o exenta; 20 % con acciones al portadorDGI
Impuesto complementarioAnticipo del de dividendos cuando se distribuye menos del 40 % de la utilidad netaDGI
ITBMS7 % general; 10 % alcohol y hospedaje; 15 % tabacoDGI
Aviso de operación2 % del patrimonio (mínimo US$100, máximo US$60.000)DGI
Impuesto municipalSegún la actividad y el municipioMunicipio
Impuesto de inmueble0 % a 1 % según valor y usoDGI
Cuotas de la CSS (empleador)13,25 % seguro social, 1,50 % seguro educativo, 0,33 % a 6,25 % riesgos profesionalesCSS
Retención a no residentes12,5 % efectivo en servicios, regalías e interesesDGI

Impuesto sobre la renta: 25 % y principio territorial

Las personas jurídicas pagan una tasa fija del 25 % sobre la renta neta gravable. Panamá aplica el principio territorial. Solo se grava la renta producida dentro del país. La renta de fuente extranjera no paga ISR, aunque puede generar impuesto de dividendos.

Si su empresa tiene clientes o filiales afuera, esta línea importa mucho. Vea cómo trabajamos con empresas extranjeras en Panamá.

El CAIR: cuando la renta gravable supera US$1,5 millones

Las empresas con renta gravable mayor de US$1,5 millones deben hacer el cálculo alterno del impuesto sobre la renta (CAIR). Comparan dos bases y pagan sobre la mayor:

  • La renta neta gravable calculada de forma normal.
  • El 4,67 % del ingreso gravable total, sin contar ingresos exentos, no gravables ni de fuente extranjera.

El CAIR castiga a las empresas con márgenes bajos o con pérdidas. Si el CAIR le genera pérdida, o una tasa efectiva mayor al 25 %, puede pedir a la DGI que no lo aplique. La DGI tiene seis meses para responder. Si no responde, la solicitud se considera aceptada.

Plazos de la declaración y de la renta estimada

La declaración jurada de renta vence tres meses después del cierre del período fiscal. Para la mayoría de las empresas el período va de enero a diciembre. Se puede pedir una prórroga de un mes.

La empresa también paga renta estimada en tres partidas. Vencen al final del sexto, noveno y duodécimo mes después del cierre. Puede ver todas las fechas en nuestro calendario fiscal de Panamá.

Dividendos e impuesto complementario

Cuando la empresa reparte utilidades, retiene impuesto de dividendos:

  • 10 % como regla general.
  • 5 % sobre dividendos que vienen de renta de fuente extranjera, de exportación o de renta exenta.
  • 20 % si las acciones son al portador.

Los préstamos a accionistas se tratan como dividendos y llevan retención del 10 %.

Si en un año la empresa distribuye menos del 40 % de su utilidad neta después del ISR, paga impuesto complementario. Funciona como un anticipo del impuesto de dividendos. Cuando luego declara el dividendo, puede acreditar lo que ya pagó.

ITBMS: el impuesto a las ventas

El ITBMS grava la venta de bienes y la prestación de servicios. La tasa general es del 7 %. Las bebidas alcohólicas y el hospedaje pagan 10 %. Los productos de tabaco pagan 15 %.

Según la DGI, la obligación aplica cuando los ingresos anuales superan B/.36.000 o según la actividad. La empresa descuenta el ITBMS que pagó en sus compras del ITBMS que cobró en sus ventas. Las exportaciones no pagan ITBMS.

Aviso de operación, impuesto municipal e inmuebles

Aviso de operación. Es un impuesto anual sobre el patrimonio. La tasa es del 2 %, con un mínimo de US$100 y un máximo de US$60.000. En zonas francas y áreas económicas especiales es del 1 %, con un máximo de US$50.000. La base es el total de activos menos pasivos. Los pasivos con partes relacionadas en el exterior no se restan.

Impuesto municipal. La Ley 106 de 1973 regula el régimen impositivo municipal. Los municipios gravan las actividades comerciales, industriales o lucrativas que surten efectos dentro de su territorio. Al obtener el aviso de operación por Panamá Emprende, el municipio identifica a la empresa y empieza a generar sus impuestos.

Impuesto de inmueble. Los propietarios de inmuebles pagan cada año entre 0 % y 1 %, según el valor y el uso de la propiedad.

Cargas de la CSS como empleador

Cada trabajador en planilla genera cuotas a cargo de la empresa. Se suman al salario y no se descuentan de él:

  • Seguro social: 13,25 % desde abril de 2025, por la Ley 462 de 2025. Sube al 14,25 % el 1 de marzo de 2027 y al 15,25 % el 1 de marzo de 2029.
  • Seguro educativo: 1,50 %.
  • Riesgos profesionales: entre 0,33 % y 6,25 %, según la actividad de la empresa.

El trabajador aporta por su parte 9,75 % de seguro social y 1,25 % de seguro educativo. La empresa los retiene y los paga junto con su cuota. Si necesita ayuda con este proceso, revise nuestro servicio de administración de planillas.

Retenciones por pagos al exterior

Cuando su empresa paga servicios, regalías o intereses a un beneficiario no residente, debe retener. Se aplica la tasa del 25 % sobre el 50 % del monto. El resultado es una retención efectiva del 12,5 %.

En servicios y regalías, la empresa puede decidir no retener. En ese caso, no puede deducir el gasto. En intereses, la retención aplica aunque no se deduzca el gasto. No hay retención si el beneficiario está registrado como contribuyente en Panamá. Los convenios para evitar la doble tributación pueden reducir estas tasas.

Qué hacer para no pagar de más

La mayoría de los pagos de más no vienen de una tasa mal aplicada. Vienen de decisiones que nadie revisó a tiempo. Estas son las preguntas que conviene hacerse cada año:

  1. ¿Su empresa separa bien la renta panameña de la extranjera? La renta de fuente extranjera no paga ISR y sus dividendos pagan 5 %, no 10 %.
  2. ¿Le aplica el CAIR y le conviene pedir su no aplicación? Si su margen es bajo, la solicitud puede cambiar el resultado del año.
  3. ¿Retiene en todos los pagos al exterior? Un pago sin retención puede convertir un gasto deducible en un gasto no deducible.
  4. ¿El aviso de operación se calcula sobre la base correcta? Revise cómo se clasifican los pasivos con partes relacionadas.
  5. ¿Su renta estimada refleja el año real? Una estimada inflada inmoviliza caja durante meses.
  6. ¿Distribuye al menos el 40 % de la utilidad? Si no, calcule el impuesto complementario antes del cierre.

Una asesoría fiscal revisa estas decisiones antes de la declaración de renta, no después.

Cómo le ayuda ARVA

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Preguntas frecuentes

¿Cuál es la tasa del impuesto sobre la renta para empresas en Panamá?

Las personas jurídicas pagan una tasa fija del 25 % sobre la renta neta gravable. Panamá aplica el principio territorial: solo se grava la renta de fuente panameña. Si la renta gravable supera US$1,5 millones, la empresa debe comparar su renta neta con el 4,67 % de su ingreso gravable (CAIR) y pagar sobre la base mayor, salvo que la DGI autorice la no aplicación.

¿Cuándo se presenta la declaración de renta de una empresa?

La declaración jurada de renta vence tres meses después del cierre del período fiscal. Para la mayoría de las empresas el período va de enero a diciembre. Se puede pedir una prórroga de un mes. Además, la empresa paga renta estimada en tres partidas durante el año siguiente al cierre.

¿Qué es el aviso de operación y cuánto se paga?

Es el impuesto anual sobre el patrimonio de quien opera con aviso de operación. La tasa es del 2 % del patrimonio, con un mínimo de US$100 y un máximo de US$60.000. En zonas francas y áreas económicas especiales la tasa es del 1 %, con un máximo de US$50.000. Los pasivos con partes relacionadas en el exterior no se restan de la base.

¿Cuánto paga el empleador a la CSS por cada trabajador?

Desde abril de 2025 la cuota patronal de seguro social es del 13,25 % del salario. Sube al 14,25 % el 1 de marzo de 2027 y al 15,25 % el 1 de marzo de 2029. A eso se suma el seguro educativo (1,50 %) y la prima de riesgos profesionales, que va del 0,33 % al 6,25 % según la actividad.

¿Hay que retener impuesto al pagar servicios a una empresa del exterior?

Sí, en general. Al pagar servicios, regalías o intereses a un beneficiario no residente, se aplica la tasa del 25 % sobre el 50 % del monto. La retención efectiva es del 12,5 %. Si la empresa decide no retener en servicios y regalías, no puede deducir ese gasto.

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